Con el inicio de diciembre comenzó a aplicarse en toda la provincia de Buenos Aires el horario extendido para la venta de bebidas alcohólicas, una medida prevista por la normativa provincial que cada año otorga mayor margen a los comercios durante los meses de mayor actividad y temperaturas elevadas.
Desde el 1° de diciembre hasta el 30 de abril, los locales habilitados pueden vender alcohol entre las 10.00 y las 23.00, tanto de manera presencial como a través de envíos a domicilio. La modalidad está contemplada en la Ley Provincial 15.109, que adapta la actividad a los hábitos del verano, cuando la circulación se sostiene con fuerza durante la tarde y noche, especialmente en destinos turísticos donde la demanda suele concentrarse al final del día.
El horario extendido reemplaza la franja del resto del año, que vuelve a regir entre el 1° de mayo y el 30 de noviembre, período en el cual la venta está permitida de 10.00 a 21.00. La diferencia de dos horas resulta clave para los comercios con mayor flujo nocturno, que así pueden trabajar sin la presión de un cierre temprano.
A nivel nacional continúa vigente la Ley 24.788, que prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años y exige verificar la edad del comprador, incluso en compras por delivery.
En paralelo, la Ciudad de Buenos Aires mantiene un esquema distinto: allí la Ley 3.361 permite la venta presencial de 8.00 a 22.00 y los envíos a domicilio de 8.00 a 24.00, siempre con comprobación obligatoria de mayoría de edad.
La medida bonaerense vuelve a posicionarse como una herramienta para ordenar la actividad comercial según la época del año, ofreciendo una franja más amplia durante el verano sin modificar los controles exigidos por la ley.
